Reglamento del Agente Introductor
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Generalidades.
- 1.1. De conformidad con los términos y condiciones del presente Reglamento del Agente Introductor, el Cliente de la Compañía que ha suscrito un Acuerdo de Cliente y que utiliza una cuenta comercial para comerciar en mercados FOREX (en los marcos del presente Reglamento de aquí en adelante Agente Introductor / AI) ) tiene derecho a ejercer la actividad de captación de nuevos clientes (de aquí en adelante, clientes) para la Compañía, ateniéndose a los términos y condiciones estipulados en el presente Reglamento del Agente Introductor.
- 1.2. El presente Reglamento del Agente Introductor junto con el Reglamento Comercial para las Plataformas MetaTrader 4 y Systematic (de aquí en adelante denominado «Reglamento»), Reglamento Comercial de la Plataforma Alpari Direct / Alpari Direct Pro (de aquí en adelante denominado «Reglamento ECN»), el Reglamento de Operaciones No Comerciales (de aquí en adelante “Reglamento ONC”), el Reglamento de Cuentas Gestionadas “PAMM” (de aquí en adelante, “Reglamento PAMM”) y Aviso sobre Riesgos son parte inseparable del Acuerdo del Cliente.
- 1.3. Los términos y condiciones del presente Reglamento del Agente Introductor son de cumplimiento obligatorio para cada cliente de la Compañía a partir del momento en que este Cliente acepta los términos y condiciones del Acuerdo del Cliente con la Compañía.
- 1.4. Una vez aceptados los términos y condiciones del presente Reglamento del Agente Introductor, el AI en su nombre, por remuneración debe:
- llevar a cabo la actividad promocional en interés de la Compañía;
- llevar a cabo actividades que no contradigan la legislación del país de su residencia, orientadas a la captación de nuevos Clientes para la compañía;
- informar a los Clientes nuevos acerca de la actividad y los servicios que ofrece la Compañía, sobre las ventajas de la Compañía como competidor, así como sobre otras condiciones;
- poner en conocimiento toda la información necesaria sobre la Compañía a los Clientes nuevos, incluyendo direcciones y requisitos de contacto de la Compañía, condiciones generales y especiales para la prestación de servicios;
- familiarizar a los Clientes nuevos con el sitio web oficial de la Compañía www.alpari.com.mx y su estructura, que hace referencia a los documentos e informaciones situados en este sitio web, la comenta y esclarece.
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Interacción de las Partes.
- 2.1. El presente Reglamento del Agente Introductor de ningún modo no constituye una Sociedad, una empresa conjunta y/o interrelaciones entre empleador y empleados. El AI puede llevar a cabo su gestión y presentarse ante terceros referiendose sólo como Cliente de la Compañía más no de otra manera o condición. El AI no puede hacer uso del nombre de la Compañía, ni del logotipo de la Compañía, etc., en ningún lugar, incluyendo materiales de promoción, formularios, tarjetas de presentación, anuncios y publicaciones sin el consentimiento por escrito de la Compañía.
- 2.2. La Compañía no asumirá bajo ninguna circunstancia la responsabilidad:
- 2.2.1. por cualquier acción ejecutada por el AI que constituya una violación de lo estipulado en el presente Reglamento del Agente Introductor y/o en el Acuerdo del Cliente;
- 2.2.2. por cualquier acción ejecutada por el AI que rebase los límites de las facultades concedidas por la Compañía;
- 2.2.3. por cualquier daño a terceros causado por el AI;
- 2.2.4. en caso de que al AI se le presenten reclamaciones a consecuencia de que éste haya violado la cláusula 3.1. del presente Reglamento del Agente Introductor.
- 2.3. Las partes se comprometen a guiarse por lo estipulado en el presente Reglamento del Agente Introductor y/o Acuerdo del Cliente, si no se llega a otro convenio y no se deja registrado de común acuerdo mediante la firma de las partes.
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Obligaciones del Agente Introductor.
- 3.1. El AI se compromete y asegura que la actividad que lleva a cabo es conforme según la legislación del país de residencia.
- 3.2. El AI se compromete a comunicar inmediatamente a la Compañía acerca de cualquier intervención judicial o no judicial en su gestión.
- 3.3. El AI se compromete a emplear al máximo sus esfuerzos para captar nuevos Clientes para la Compañía.
- 3.4. El AI asume la responsabilidad por que la ficha del Cliente esté llenada correctamente, así como por la autenticidad de los datos del Cliente. El Cliente se considera captado por el AI sólo en caso de que se haya observado una de las condiciones siguientes:
- 3.4.1. Al registrar la cuenta comercial, el Cliente indica la Identificación del Agente Introductor;
- 3.4.2. El Cliente registra la cuenta comercial mediante una referencia especial (enlace) que le facilita el AI. En esta acción se produce el registro automático de la Identificación del AI en el caso que este cliente no haya tenido anteriormente alguna cuenta comercial abierta en la Compañía.
- 3.5. La Compañía se reserva el derecho de registrar por su cuenta al Cliente como captado por el AI con la condición de que el AI pueda demostrar el hecho de haber captado al cliente en cuestión y fundamentar la causa por la que el registro del Cliente no se produjo en correspondencia con lo estipulado en la cláusula 3.4. del presente Reglamento del Agente Introductor.
- 3.6. El AI se compromete, en caso de que sea necesario utilizar anuncios y/o materiales promocionales para ejecutar los compromisos contraídos por el presente Reglamento, a coordinar con la Compañía todos y cada uno de los materiales promocionales incluyendo la tarjeta de presentación del AI.
- 3.7. El AI se compromete a no emplear ninguna forma de promoción inescrupulosa para promover su actividad. En particular, se prohíbe el uso de:
- 3.7.1. sistema de promoción activa;
- 3.7.2. promoción en sitios inmorales (se incluyen los sitios web pornográficos);
- 3.7.3. la promoción en sitios web que contradicen la legislación del país en el que se encuentra el AI;
- 3.7.4. spam (correo electrónico no solicitado);
- 3.7.5. la promoción con deformación consciente en la descripción de los servicios que se prestan, así como el ocultamiento consciente a los clientes de los riesgos y de la información acerca de los servicios que se ofrecen;
- 3.7.6. la promoción que contenga información no fidedigna o que viole la legislación del país donde se encuentre el AI;
- 3.7.7. cualquier otra cosa que pueda afectar la buena imagen que tiene formado el Agente de Divisas (“Broker”);
- 3.7.8. cualquier otra forma de promoción inescrupulosa.
- 3.8. El AI no tiene derecho a:
- 3.8.1. Registrar y/o utilizar nombres de dominio que contengan parte o toda la palabra Alpari o cualquier otra variante de escritura de esta palabra, por ejemplo: alpari, aplari, alapri, etc., etc.
- 3.8.2. Registrar una organización y/o utilizar como denominación de una compañía la palabra Alpari que ya existe, parte de ella o cualquier otra variante de escritura de esta palabra, por ejemplo: aplari, alapri, etc., etc.
- 3.9. Se le prohibe categóricamente al AI hacer publicidad en los sistemas de promoción contextual como: Yandex, Direct, Begun, Google Adwords y cualesquiera otros, utilizando la URL directa del sitio web de la compañía (www.alpari.ru, www.alpari-forex.com, www.alpari.com.mx , etc.) con referencia de asociado tipo www.alpari.ru?partner_id=xxx. Así mismo, se prohibe categoricamente a los usuarios el uso de redireccionar y otros métodos de redireccionamiento forzoso a los sitios oficiales de la Compañía.
- 3.10. Se le prohibe al AI establecer relaciones monetarias con los Clientes (se incluye la recepción de medios monetarios, tarjetas de pago, pagos y tarjetas bancarias, etc.), porque la Compañía asume íntegramente la responsabilidad de esta parte de trabajo.
- 3.11. El AI se compromete y asegura preservar la confidencialidad en relación a la actividad de la Compañía y/o de la información a la que tenga acceso el AI, en conformidad con los términos del presente Reglamento del Agente Introductor.
- 3.12. El AI se compromete a informar a la Compañía de todos los hechos y circunstancias que lleguen a ser de su conocimiento y puedan implicar consecuencias desagradables (riesgos) para la Compañía.
- 3.13. En caso de que los Clientes presenten reclamaciones a la Compañía relacionadas con la gestión del AI, el AI se compromete a resolver por su cuenta todas las reclamaciones de estos Clientes.
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Derechos y Obligaciones de la Compañía.
- 4.1. La Compañía se compromete a prestarle al AI toda la asistencia necesaria para la ejecución de las diligencias previstas en el presente Reglamento del Agente Introductor.
- 4.2. La Compañía se compromete a pagar al AI bonificaciones en la cuantía y en las condiciones que se estipulan en el Presente Reglamento del Agente Introductor.
- 4.3. La Compañía asume la responsabilidad por las operaciones pertinentes al dealing y las liquidaciones. Al realizar la verificación de las liquidaciones, el AI puede solicitar a su Cliente un informe, sobre cuya base apelaría los cálculos hechos por la Compañía. La Compañía no entrega informes sobre las operaciones de los clientes.
- 4.4. La Compañía tiene derecho a controlar la actividad del AI en la parte referida al cumplimiento de las funciones y deberes que emanan de este Reglamento.
- 4.5. La Compañía tiene derecho a solicitar y recibir del AI un informe detallado sobre el cumplimiento de sus obligaciones que este Reglamento le impone.
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Delimitación de las facultades del Agente Introductor.
- 5.1. Sin la correspondiente autorización previa de la Compañía por escrito, el AI no tiene derecho:
- 5.1.1. a asumir ningún compromiso a nombre de la Compañía o a vincular la Compañía a cualquier compromiso;
- 5.1.2. a publicar o contribuir a que se publique en los medios de información masiva cualquier anuncio que se refiera a la Compañía, así como a emitir, distribuir cualquier tipo de nota (artículos, cartas) o a contribuir a que se escriban tales notas (artículos, cartas) referidas a la Compañía en cualquier diario, revista o cualquier otra publicación periódica, blogs y foros en la red de Internet;
- 5.1.3. a сonceder cualquier tipo de garantía y/o promesas, hacer cualquier tipo de declaración con relación a cualquiera de los pagos sobre cualquier acuerdo y/o convenio suscrito por la Compañía.
- 5.2. Iniciando negocios con clientes, el AI está obligado a informar a los interesados y a los clientes acerca de su status y sus facultades como AI. Por cuanto el AI es un intermediario, es precisamente la Compañía la que ejecuta todas las acciones y medidas reales que son necesarias para concertar y ejecutar los convenios con los Clientes, incluyendo las interrelaciones reales con ellos, la preparación y firma de la documentación necesaria.
- 5.3. El AI no tiene derecho, a nombre propio ni por encomienda de la persona interesada, a registrar un nuevo Cliente en el sistema de la Compañía y/o aceptar Acuerdos del Cliente por encomienda de los Clientes, a usar los logins (usuarios) personales, contraseñas y posibilidades de las Áreas Personales de los Clientes de la Compañía. El AI está en el deber de informar al Cliente acerca de que el Cliente no tiene derecho a proveer y traspasar a terceros los datos de registro (usuario y contraseña) destinados a autorizar el acceso a www.alpari.com.mx, y se compromete a garantizar su preservación y confidencialidad. Durante el plazo de vigencia del Acuerdo del Cliente, todas las acciones que se realicen en relación con la ejecución del Acuerdo de Cliente y/o con el uso del login y la contraseña del Cliente se consideran realizadas personalmente por el Cliente. La Compañía no asume la responsabilidad por el uso no aprobado de los datos de registro del Cliente por terceros.
- 5.4. El AI no tiene derecho bajo ninguna circunstancia a:
- 5.4.1. recibir de los clientes y/o entregar a los Clientes sumas de dinero. Todas las liquidaciones que se hagan con los Clientes son realizadas por la Compañía.
- 5.4.2. intervenir en calidad de AI a nombre de terceros.
- 5.5. Las limitaciones previstas en las cláusulas 5.1. a la 5.4. del presente Reglamento tienen vigencia tanto durante el periodo de vigencia del Convenio como en el transcurso de los proximos 5 años posteriores a su vencimiento o disolución.
- 5.6. En caso de que como resultado el AI viole las condiciones del Presente Reglamento del Agente Introductor (incluyendo acciones no autorizadas o declaraciones del AI) y contra la Compañía se presente cualquier tipo de demanda judicial, todos los gastos (pérdidas) en que incurra la Compañía serán compensados íntegramente por el AI. Por pérdidas o daños se comprenden los gastos que haya efectuado o efectúe la Compañía para restablecer sus derechos e intereses (perjuicio real), así como por los ingresos dejados de recibir y que la Compañía hubiera recibido en condiciones normales de la operación comercial si sus derechos e intereses no hubieran sido afectados (beneficio perdido) al haberse afectado los intereses de propiedad o la reputación comercial de la Compañía como consecuencia del incumplimiento o del cumplimiento inadecuado por parte del AI de los compromisos contraídos en el presente Reglamento del Agente Introductor. El AI no tiene derecho a impugnar la magnitud de las pérdidas que presente la Compañía para ser indemnizadas.
- 5.7. En caso de que el AI viole las condiciones del presente Reglamento del Agente Introductor, la Compañía se reserva el derecho a bloquear la cuenta comercial del AI hasta que el AI repare los daños causados como consecuencia de la violación de los términos y condiciones del presente Reglamento del Agente Introductor. La Compañía tiene el derecho a cubrir las pérdidas causadas por el AI a cuenta de los recursos monetarios correspondientes al AI en el marco del presente Reglamento del Agente Introductor, así como en el marco del Acuerdo del Cliente y sus anexos inseparables.
- 5.8. El propio AI, así como sus familiares y cualquier otro socio no pueden ser Clientes del AI. Al detectarse que los datos del AI y del Cliente coinciden en el cruce de información (datos tales como los de pasaporte, documento de identidad, dirección, teléfono, e-mail, IP, etc.), el usuario del Cliente será excluido de la relación de clientes del AI y no se efectuarán pagos por este usuario. Las cuentas operadas desde una misma dirección IP se equiparan a una misma cuenta activa y en caso de que coincida con la dirección del AI se considerarán como socios y dejarán de pagarse las bonificaciones.
- 5.1. Sin la correspondiente autorización previa de la Compañía por escrito, el AI no tiene derecho:
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Bonificaciones del Agente Introductor.
- 6.1. La Compañía pagará mensualmente las bonificaciones por cada cuenta por separado de cada cliente captado por el AI en la cuantía acordada de la cláusula 6.3. del presente Reglamento del Agente Introductor.
- 6.2. Las bonificaciones del AI se calculan por cada cuenta independiente del Cliente captado por el AI y se acreditan a la cuenta comercial del AI (de aquí en adelante Cuenta) por uno de los métodos siguientes:
- 6.2.1. para las cuentas tipo alpari.classic - en régimen de tiempo real: las bonificaciones se acreditan a la Cuenta del Agente Introductor después de cada transacción completa que hayan realizado los Clientes, considerando los requerimientos de la cláusula 6.7. del presente Reglamento del Agente Introductor;
- 6.2.2. para las cuentas tipo alpari.micro - diariamente: en este caso para el cálculo se toman todas las transacciones completas realizadas por los Clientes captados en un día de balance, considerando los requerimientos de la cláusula 6.7. del presente Reglamento del Agente Introductor;
- 6.2.3. para las cuentas tipo PAMM – de conformidad con el punto 17 del Reglamento de la cuenta-PAMM.
La elección del método para calcular las bonificaciones queda a consideración de la Compañía.
- 6.3. Las bonificaciones del AI ascienden al 25% del spread por cada transacción completa (posición abierta y luego cerrada) que haya efectuado el Cliente captado.
- 6.4. Como período de balance se toma un mes calendario. En cualquier momento del mes siguiente al mes de balance, el AI tiene el derecho a presentar a la Compañía una solicitud para retirar de su Cuenta las sumas por concepto de bonificaciones. La solicitud se presenta sólo por medio del Área Personal del sitio web de la Compañía. La solicitud debe ser efectuada por la Compañía en el transcurso de 2 (dos) días laborables a partir de la fecha en que se haya recibido, con la condición de que la suma de la bonificación acreditada durante el período de balance que debe ser pagada al AI resulte no menos de 100 dólares americanos USA.
En caso de que la suma que le corresponde al AI como bonificación en el período de balance sea inferior a 100 dólares americanos USA, la bonificación no se pagará.
La bonificación que se acredita a la cuenta al final del próximo período de balance se incrementa en la suma de las bonificaciones no pagadas por las razones previstas y expuestas en la presente cláusula del Reglamento del Agente Introductor.
- 6.5. La condición para que la Compañía comience a realizar el balance y los pagos al AI por concepto de las bonificaciones previstas en la cláusula 6.1. del presente Reglamento del Agente Introductor es que debe tener no menos de 3 (tres) cuentas activas abiertas por los Clientes captados. Se considera cuenta activa aquella cuenta en la cual se realiza al menos una operación comercial por mes.
- 6.6. En el caso de que al finalizar el año, a partir de la fecha de aceptación del presente Reglamento del Agente Introductor, el AI tenga menos de 10 (diez) cuentas activas y la suma de todos los depósitos de los Clientes captados por el AI sea inferior a 50 000 dólares americanos USA, el AI pierde el derecho a la bonificación hasta que alcance los índices previstos en la presente cláusula.
- 6.7. Al efectuar el pago de las bonificaciones, la Compañía se reserva el derecho de excluir del importe de la bonificación acreditada las posiciones que presenten las condiciones siguientes:
- 6.7.1. la posición fue cerrada menos de 5 minutos después de haber sido abierta, o;
- 6.7.2. la posición fue cerrada con una ganancia o pérdida de menos de 2 spreads.
- 6.8. La Compañía de forma unilateral tiene derecho a introducir correcciones en las condiciones de acreditación de la cuenta y pago de las bonificaciones, según lo previsto en la cláusula 10.4 del presente Reglamento del Agente Introductor.
- 6.9. Las bonificaciones señaladas en la cláusula 6.1. del presente Reglamento del Agente Introductor constituyen la única forma de pago del AI y el AI no puede pretender recibir otros tipos de remuneración.
- 6.10. El AI adquiere el derecho a retirar de la cuenta la suma de la bonificación sólo con la condición de que la cuenta sea activada por los funcionarios del Departamento de Desarrollo Regional de la Compañía.
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Procedimiento de registro del Agente Introductor.
- 7.1. Para activar la cuenta es necesario:
- 7.1.1. llenar el formulario de aplicación en línea (Ficha del Agente Introductor) en el sitio web de la Compañía.
- 7.1.2. recibir el usuario (Identificación del Agente Introductor);
- 7.1.3. aceptar el presente Reglamento del Agente Introductor y enviar su copia de pasaporte, documento o cédula de identidad a la dirección electrónica del Departamento de Desarrollo Regional que se indica en el sitio web de la Compañía.
- 7.2. La cuenta del AI se activará después que los funcionarios del Departamento de Desarrollo Regional de la Compañía hayan recibido los documentos indicados en la cláusula 7.1.3. del presente Reglamento del Agente Introductor. El Aviso acerca de que la cuenta ha sido activada es enviada al AI por los funcionarios del Departamento de Desarrollo Regional de la Compañía a la dirección electrónica del AI que aparece en la Ficha del Agente Introductor.
- 7.3. En los casos previstos en la cláusula 7.2. del presente Reglamento del Agente Introductor, los funcionarios del Departamento de Desarrollo Regional de la Compañía envían las correspondientes notificaciones al AI a la dirección electrónica del AI que aparece en la Ficha del Agente Introductor.
- 7.1. Para activar la cuenta es necesario:
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Compromisos de Garantía.
- 8.1. El AI garantiza:
- 8.1.1. tener la capacidad necesaria y las facultades para aceptar el presente Reglamento del Agente Introductor;
- 8.1.2. captar nuevos Clientes.
- 8.2. El AI garantiza el cumplimiento de sus compromisos.
- 8.3. El AI se compromete a resarcir por daños y a evitar endeudamiento de la Compañía y de sus funcionarios, sin presentar reclamaciones, exigencias, demandas, desembolsos, daños, gastos (incluyendo los costes judiciales) y multas que puedan surgir como resultado de que el AI viole los compromisos de garantía.
- 8.1. El AI garantiza:
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Plazo de Vigencia.
- 9.1. El presente Reglamento del Agente Introductor entra en vigor para los Clientes de la Compañía desde la fecha de su aceptación por el AI y pierde su vigor a partir del momento en que cesen las acciones del Acuerdo de Cliente.
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Fuerza Mayor.
- 10.1. Ninguna de las Partes será responsable por la no ejecución total o parcial de cualesquiera de sus obligaciones si el incumplimiento es consecuencia de circunstancias de fuerza mayor (inundaciones, incendios, terremotos y otros desastres naturales, así como guerras o acciones militares de distinto tipo, bloqueos, resoluciones de órganos del poder estatal y otras circunstancias inevitables y extraordinarias que no dependan de la voluntad de las Partes).
- 10.2. La Parte, ante la cual surja la imposibilidad de cumplir los compromisos, queda obligada a informar de inmediato por escrito a la otra Parte acerca del comienzo, posible duración y fin de las circunstancias antes mencionadas, pero en un plazo no menor de 5 (cinco) días bancarios a partir del momento en que dichas circunstancias se inicien y cesen.
- 10.3. Los hechos que se exponen en la notificación deben ser confirmados por un órgano u organización competente del país correspondiente. El no Aviso o el Aviso inoportuno privan a la Parte del derecho a invocar cualquiera de las circunstancias antes mencionadas como fundamento que la exonere de la responsabilidad por incumplir el compromiso.
- 10.4. Si la imposibilidad de realizar parcialmente o totalmente el compromiso contraído persistiera por más de 3 (tres) meses, el Convenio automáticamente quedaría rescindido.
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Misceláneos.
- 11.1. En caso de litigios con los Clientes captados por el AI, el criterio de la Compañía será el decisivo.
- 11.2. En caso de que no se presenten reclamaciones en cuanto al cumplimiento de los compromisos por una de las Partes, la otra Parte no se exonera de cumplir los compromisos aceptados en el Convenio dado, así como tampoco significa que se renuncie a los compromisos contraídos.
- 11.3. En caso de que surjan divergencias, la versión en inglés del presente Reglamento del Agente Introductor posee prioridad sobre las versiones del presente Reglamento del Agente Introductor en otros idiomas.
- 11.4. El AI reconoce que la Compañía tiene derecho a modificar en cualquier momento algunas cláusulas del presente Reglamento del Agente Introductor previa notificación por escrito al AI con 7 (siete) días calendario de antelación a la implantación de los cambios. Cualquier cambio de este tipo entrará en vigor en el plazo que se especifique en dicha notificación por escrito.
- 11.5. Para la notificación por escrito sobre este Convenio se empleará uno de los métodos de comunicación siguientes:
- 11.5.1. Correo electrónico (e-mail);
- 11.5.2. Envíos por correo postal;
- 11.5.3. Aviso en la sección “Noticias de la Compañía” en el sitio web de la Compañía.
- 11.6. La Compañía utilizará la información de contacto del AI, por ejemplo, la dirección, correo electrónico, etc., que aparece en la Ficha del Agente Introductor, o los últimos datos de contacto modificados por el AI después de habérsele notificado por escrito.
- 11.7. Cualquier correspondencia (documentos, anuncios, notificaciones de confirmación, informes, etc.) se considerará recibida por el AI:
- 11.7.1. una hora después de haberse realizado el envío a su dirección electrónica que aparece en la Ficha del Agente Introductor;
- 11.7.2. a los 7 (siete) días calendario a partir del momento de su envío por correo postal;
- 11.7.3. una hora después de haberse puesto el aviso en la sección “Noticias de la Compañía” en el sitio web de la Compañía.
- 11.8. El AI necesariamente debe informar a la Compañía en la brevedad posible sobre los cambios hechos en la información de contacto propia, que aparece en la Ficha del Agente Introductor. El aviso puede ser enviado por correo postal, correo electrónico, facsímil u otro medio de comunicación que permita:
- 11.8.1. hacer llegar la información a la Compañía de forma operativa;
- 11.8.2. establecer de forma indiscutible que el Aviso proviene precisamente del AI;
- 11.9. Para evitar dudas y sin excepciones: El AI siempre y en cualesquiera condiciones actúa exclusivamente a nombre propio y no en nombre de la Compañía. Presentarse y relacionarse en cualquier ámbito a nombre de la Compañía, constituye una grave violación del presente Reglamento, lo que implica la inmediata disolución del contrato sin posibilidad de que el AI reciba cualquier tipo de pago o compensación.
- 11.10 La violación por el AI de lo planteado en los puntos 3.8 y 3.9 del Presente Reglamento, así como de otros puntos, cuya violación pueda considerarse por la Compañía como una grave falta del Presente Reglamento, conlleva a la inmediata disolución del contrato sin posibilidad de que el AI reciba cualquier tipo de pago o compensación.
La aceptación del presente Reglamento del Agente Introductor afirma y confirma que:
- a. Ha leído(a) y conocido(a) los términos del presente Reglamento del Agente Introductor;
- b. Todos los términos y condiciones del presente Reglamento del Agente Introductor son comprensibles y los acepta íntegramente;
- c. No existen circunstancias que impidan la aceptación del presente Reglamento del Agente Introductor.






